Mercado Inmobiliario

Quién paga la comisión inmobiliaria en la compra-venta de propiedades: Guía completa

Quién paga la comisión inmobiliaria en la compra-venta de propiedades: Guía completa

¿A quién le corresponde pagar la comisión inmobiliaria en la compra-venta de una propiedad?

En un momento en que crece el interés por la compra de una propiedad, muchos se preguntan por los detalles de estas operaciones.

*16 de julio de 2025 – 00:16*
Tiempo de lectura: 3 minutos.

Toda compraventa de un inmueble incluye una comisión por la operación, pero surge la duda: ¿quién le corresponde pagarla y cómo se calcula?

En un contexto en que el crédito hipotecario volvió a ser una herramienta clave para comprar propiedades, surge la consulta sobre cómo se llevan a cabo las operaciones de compraventa. Entre las dudas que surgen, está la cuestión de quiénes son los responsables de abonar los honorarios y qué porcentaje del valor de la propiedad representan.

Efectivamente, la demanda de propiedades sigue alta. Si se analizan los números de mayo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (los últimos publicados), las escrituras muestran que se registró una suba del 22% interanual en la cantidad de operaciones de compraventa. Las que se concretaron con crédito hipotecario también mostraron un alza, ya que se firmaron 1300 con hipotecas, un crecimiento del 822% respecto al mismo mes del año pasado.

Los créditos hipotecarios son una herramienta para comprar una propiedad en cuotas. “Cumplimos tres años de crecimiento interanual de manera consecutiva, es decir, 36 meses con signo positivo ininterrumpido. Y el otro dato alentador es que las operaciones con crédito son todos los meses un poco más”, destacó Jorge De Bártolo, presidente del Colegio de Escribanos porteño.

¿Quién paga la comisión inmobiliaria en la compraventa de una propiedad?

Luego de consultar al Colegio Inmobiliario de la Ciudad de Buenos Aires, se indicó que los honorarios en CABA son distintos según el tipo de operación que se realice. Según lo establecido en la ley 2340 de la Ciudad, en el caso de la compraventa de una propiedad residencial, ambas partes deben pagar, aunque en porcentajes diferentes: el propietario el 3% y el comprador entre el 3% y el 4%.

En el caso de alquileres de vivienda, es importante destacar que, en CABA, debido a la ley 5859, implementada durante el gobierno de Rodríguez Larreta, los corredores inmobiliarios no pueden cobrar honorarios a los inquilinos; únicamente paga el propietario el 4,15%.

Ahora bien, en el caso de alquileres comerciales, como oficinas, locales, depósitos, entre otros, el propietario debe pagar entre un 3% y un 5%, mientras que el inquilino abona un 5% (además de IVA, en caso de corresponder).

En el caso de la compraventa de una propiedad en CABA, ambas partes (comprador y vendedor) deben pagar honorarios.

¿Quién autoriza a un corredor inmobiliario a trabajar?

Hoy en día, quien quiere trabajar como corredor inmobiliario debe cursar una carrera –que en algunas provincias es de grado universitario y dura más de cuatro años– y, una vez recibido, obtener la matrícula y pagar al colegio un monto anual o porcentaje de las operaciones para poder ejercer la actividad. Los encargados de otorgar la matrícula son los colegios inmobiliarios o de martilleros y corredores públicos, aprobados por los gobiernos locales de cada jurisdicción en la que ejercen.

Además de autorizar a los corredores inmobiliarios a trabajar, los colegios son responsables de controlar que las inmobiliarias cuenten con la matrícula y la formación requerida para desempeñar la profesión.

Fuente: LA NACION