Mercado Inmobiliario

Calcula fácilmente los aumentos de alquiler por inflación en mayo 2025 en 2 pasos

Calcula fácilmente los aumentos de alquiler por inflación en mayo 2025 en 2 pasos

Alquileres: dos formas sencillas para calcular los aumentos por inflación en mayo 2025

Desde que se derogó la ley de alquileres en diciembre de 2023, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei, se abrió el juego para definir la forma en la que se actualizan los contratos. Una de las opciones más elegidas para los propietarios, a la hora de ajustarlos, es utilizar los números de la inflación, algo que les permitiría evitar perder rentabilidad.

Mientras regía la ley de alquileres sancionada en 2020, los contratos debían ajustarse una vez al año en base al Índice de Contratos de Locación (ICL), elaborado por el Banco Central. Este índice tomaba como referencia en partes iguales la inflación y el salario, pero se calculaba con un desfasaje de los datos de dos meses. Es decir que, quienes actualizan, por ejemplo, el alquiler en mayo, lo hacen en función de las cifras de inflación y salarios de marzo.

En este contexto, y ante un mercado sin regulación, hay propietarios e inquilinos que están pactando los nuevos contratos por dos años, en pesos y con ajustes por IPC. Para actualizar el precio del alquiler por inflación, el contrato puede establecer como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que todos los mediados de mes publica el INDEC.

A la hora de firmar el contrato, las partes también deben definir cada cuánto tiempo se realizará el ajuste por inflación. “Por la alta inflación que marcó los finales del 2023 e inicios del 2024, tras la derogación de la ley, los propietarios prefieren que la indexación sea trimestral. Pero en una época de normalidad la indexación podría ser cuatrimestral o semestral”, aconseja el Dr. Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CÓMO CALCULAR EL AUMENTO DEL ALQUILER EN MAYO SEGÚN LA INFLACIÓN

CON UNA CALCULADORA AUTOMÁTICA
En internet existen múltiples opciones de calculadoras automáticas de inflación acumulada que toman como referencia los datos publicados por el INDEC. Una de ellas es la de Chequeado, que es la que se usará como referencia a continuación:

1. Ingresar a [Chequeado](https://chequeado.com/inflacionacumulada/)
2. Donde dice “Para comprar algo que salía” ingresar el monto del alquiler que debe actualizarse.
3. Donde dice “a principios de”, ingresar el mes en el que empieza el período a partir del cual se quiere ajustar. Por ejemplo, si a principios de mayo se quisiera hacer una actualización trimestral, debería considerarse el plazo de enero a marzo.
4. Donde dice “a finales de”, ingresar el mes en el que termina el período a partir del cual se quiere ajustar.
5. Donde dice “necesitarías la suma de” figurará el nuevo valor del alquiler.

Por ejemplo, si se pactó un ajuste trimestral, para un alquiler de $586.791 iniciado en febrero de 2025 que debe ajustarse en mayo, el último índice publicado por el INDEC es de marzo de 2025. En este caso, se usará el plazo de tres meses de enero a marzo de 2025. Dado que la inflación acumulada en ese período fue de 8,56%, el valor a pagar pasaría a ser de $637.020,39 por mes.

DE FORMA MANUAL
En el caso de que se decida ajustar de forma manual, es importante destacar que no debe sumarse la inflación de cada uno de los meses, sino que se deben multiplicar las variaciones de inflación de cada mes y multiplicarse entre estas y el valor del alquiler, dado que se trata de la inflación acumulada del período.

Primero, hay que conocer cuál fue la inflación del período por el que se pretende ajustar el alquiler. Los pasos a seguir serían los siguientes:

1. Acceder al informe de IPC del INDEC, desde la página del INDEC, luego ir a la pestaña de “Estadísticas”, hacer clic en “Precios” dentro de la sección de Economía y luego seleccionar el botón de “Precios al Consumidor (IPC)”. También se puede acceder directamente desde este [enlace](https://www.indec.gob.ar/indec/web/Nivel4-Tema-3-5-31).
2. Hacer clic en el botón “leer informe”.
3. En la cuarta página del documento, ver el segundo gráfico “Variaciones mensuales del Nivel general del IPC”.

No debe sumarse la inflación de cada uno de los meses, sino que se deben multiplicar las variaciones de inflación de cada mes y multiplicarse entre estas y el valor del alquiler.

Una vez ubicados los datos, los pasos para hacer la cuenta son los mencionados a continuación:

1. Primero hay que calcular por separado el valor de inflación de cada mes dividido 100 y sumarle 1.
2. Luego hay que multiplicar el valor actual del alquiler por esos valores de la inflación individuales.
3. El resultado será el nuevo valor del alquiler a pagar por el próximo trimestre.

En otras palabras, la fórmula sería: el valor del alquiler x (inflación primer mes/100 + 1) x (inflación segundo mes/100 + 1) x (inflación tercer mes/100 + 1) = valor actualizado del alquiler.

En un ejemplo concreto, si el día 1 de febrero de 2025 se firmó un contrato de alquiler por $586.791 con ajuste trimestral por inflación, este debería ajustarse por primera vez en mayo. Dado que el informe del INDEC se difunde a mediados de mes, el primer día de mayo estarían disponibles los datos de enero, febrero y marzo, pero todavía no los de abril.

El valor de la variación mensual de la inflación en esos meses fue de 2,2% en enero, 2,4% en febrero y 3,7% en marzo. Después de dividir cada uno por cien y sumarle uno, la cuenta sería: 586.791 x 1,022 x 1,024 x 1,037 = $636.814.

El resultado no siempre coincide con el cálculo realizado a través de la calculadora automática. Esto se debe a que las cifras publicadas mensualmente por el INDEC están redondeadas. En la práctica, el inquilino podrá saber medio mes antes del ajuste cuánto le va a aumentar el alquiler. Esto es porque, usando este ejemplo como referencia, a mediados de abril ya puede conocer el valor de inflación de marzo y, de esa forma, podría calcular cuánto va a tener que pagar en mayo.

La cifra podría cambiar si el alquiler se paga a fin de mes porque ya estaría disponible el porcentaje de inflación del mes anterior.

Fuente: LA NACION